Al entrar al mundo laboral, pocas personas conocen sus derechos y obligaciones. Esto es lo que sucede con dos conceptos clave: finiquito y liquidación.
Esta vez nos dedicaremos a aclarar las principales dudas respecto a ellos. Para hacerlo, contamos con la colaboración de Ericka Vázquez, especialista de nómina, y de Gloria Molina, asesora legal, ambas colaboradoras de OCCMundial.
¿Qué es el finiquito?
Siempre que una relación laboral llega a su fin, el trabajador debe recibir un finiquito. De acuerdo con Ericka Vázquez, la forma de pago más común es con cheque y el trabajador debe recibir una ‘carta finiquito’ que incluya todos sus datos y el desglose de los conceptos que se le están pagando.
Te corresponde un finiquito cuando:
- Renuncias a tu empleo de manera voluntaria. Decides separarte de tu trabajo porque así conviene a tus intereses.
- Se termina tu contrato temporal. Te contrataron por un periodo específico que llegó a su fin.
- Te despiden. No importa si es justificado o injustificado.
- Rescindes tu contrato por una falta grave cometida por tu patrón. De acuerdo al artículo 51 de la Ley Federal del Trabajo.
- Invalidez por enfermedad. En este caso también se te pagará tu Prima de Antigüedad y Gratificación por Invalidez.
- Muerte del trabajador.
El finiquito debe incluir:
- Los días trabajados y no pagados en el mes, es decir, si te pagan por quincena y renuncias el día 10, te corresponde el pago de esos 10 días laborados.
- Parte proporcional del aguinaldo.
- Parte proporcional de tus vacaciones.
- Otras prestaciones incluidas en tu contrato como: bonos, vales, comisiones, caja o fondo de ahorro, utilidades, etc.