Al entrar al mundo laboral, pocas personas conocen sus derechos y obligaciones. Esto es lo que sucede con dos conceptos clave: finiquito y liquidación.

Esta vez nos dedicaremos a aclarar las principales dudas respecto a ellos. Para hacerlo, contamos con la colaboración de Ericka Vázquez, especialista de nómina, y de Gloria Molina, asesora legal, ambas colaboradoras de OCCMundial.

¿Qué es el finiquito?

Siempre que una relación laboral llega a su fin, el trabajador debe recibir un finiquito. De acuerdo con Ericka Vázquez, la forma de pago más común es con cheque y el trabajador debe recibir una ‘carta finiquito’ que incluya todos sus datos y el desglose de los conceptos que se le están pagando.

Te corresponde un finiquito cuando:

  • Renuncias a tu empleo de manera voluntaria. Decides separarte de tu trabajo porque así conviene a tus intereses.
  • Se termina tu contrato temporal. Te contrataron por un periodo específico que llegó a su fin.
  • Te despiden. No importa si es justificado o injustificado.
  • Rescindes tu contrato por una falta grave cometida por tu patrón. De acuerdo al artículo 51 de la Ley Federal del Trabajo.
  • Invalidez por enfermedad. En este caso también se te pagará tu Prima de Antigüedad y Gratificación por Invalidez.
  • Muerte del trabajador.

El finiquito debe incluir:

  • Los días trabajados y no pagados en el mes, es decir, si te pagan por quincena y renuncias el día 10, te corresponde el pago de esos 10 días laborados.
  • Parte proporcional del aguinaldo.
  • Parte proporcional de tus vacaciones.
  • Otras prestaciones incluidas en tu contrato como: bonos, vales, comisiones, caja o fondo de ahorro, utilidades, etc.

 

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